El Ministerio de Agricultura de Brasil internalizó a su cuerpo normativo mediante publicación en el boletín oficial de las Instrucciones Normativas 34; 35; 36; 37; y 38/2018 las Resoluciones GMC 09/18; 10/18; 07/17; 08/18; y, 44/2017 respectivamente.
Las 5 normas estipulan las exigencias zoosanitarias a que serán sometidas las importaciones dentro del Mercosur para animales in vivo e in vitro.
La expectativa es que haya mejoras en la seguridad sanitaria pero incorporando facilidades para el comercio.
Uno de los focos de estas medidas apunta a la importación temporaria de Equinos donde la novedad es incorporar en una única certificación las reglas para la internalización y retorno de los animales facilitando el tránsito de aquellos equinos que participan en eventos sin finalidad reproductiva. Lo que agrega agilidad sin quitar seguridad. Este era un reclamo común, por ejemplo, de los participantes de ferias y competiciones deportivas.
Lo que se busca con la armonización y modernización de los requisitos en el Mercosur es mejorar las condiciones sanitarias intra zona e incorporar agilidad al tránsito de animales y material genético. Además valorizando la región puertas afuera.
La temática abordada por las normas (según el orden presentado anteriormente):
- Requisitos zoosanitarios para la importación temporal de equinos;
- Requisitos zoosanitarios para la importación de Bovinos y bufalinos para Reproducción;
- Requisitos zoosanitarios para la importación de semen porcino congelado;
- Requisitos zoosanitarios para la importación definitiva de Equinos;
- Requisitos zoosanitarios para la importación de embriones bovinos y bufalinos colectados in vivo o reproducidos in vitro;
Para acceder a la publicación de la normativa clique aquí IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 8 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 7 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 6 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 5 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 4 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 3 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018 PAG 2 IN 34-2018 35-2018 IN 36-2018 IN 37-2018 IN 38-2018